Ilmos. Sres.: De conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Industrias Agrarias sobre petición formulada por la Sociedad Cooperativa del Campo «Rosellonense», de Roselló (Lérida), calificada como Agrupación de Productores Agarios e inscrita en el correspondiente Registro con el número 061, para la ampliación y perfeccionamiento de una central hortofrutícola en la citada localidad, acogiéndose a los beneficios previstos en el artículo 5.º, c), de la Ley 29/1972, de 22 de julio, y demás disposiciones que la complementan y desarrollan.
Este Ministerio ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Aprobar el proyecto presentado de ampliación y perfeccionamiento de una central hortofrutícola, a realizar en Roselló (Lérida), por la Sociedad Cooperativa del Campo «Rosellonense», con prespuesto limitado a efectos de preferencia en la obtención de crédito oficial y de concesión de subvención a la cantidad de 18.059.000 pesetas.
Fijar la cuantía máxima para la concesión del beneficio previsto en el artículo 8.º, 2, del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto
La cuantía máxima de la subvención ascenderá, por lo tanto, a 3 611.800 pesetas.
Proponer la concesión, también en la cuantía máxima, de los beneficios previstos en el artículo 8.º, 1, y en el artículo 3.º del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, excepto el de expropiación forzosa, que no ha sido solicitado.
Fijar un plazo de seis, meses para la finalización de las instalaciones, contado a partir de la publicación de la presente en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 21 de mayo de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmos. Sres. Director general de Industrias Agrarias y Director general de la Producción Agraria.
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