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Documento BOE-A-1979-16844

Orden de 21 de mayo de 1979 por la que se aprueba el plan de mejoras territoriales y obras de la zona de concentración parcelaria de Traid (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13 de julio de 1979, páginas 16211 a 16211 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-16844

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Por Decreto de 28 de octubre de 1969 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de noviembre) se declaró de utilidad pública la ordenación de las explotaciones agrarias de la comarca de Molina de Aragón. Por Orden ministerial de 19 de noviembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre) se acordó la realización de la concentración parcelaria de la zona de Traid (Guadalajara).

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 82 y 129 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario ha redactado y somete a la aprobación de este Ministerio el plan de mejoras territoriales y obras de la zona de Traid (Guadalajara), que se refiere a las obras de red de caminos y red de saneamiento. Examinado el referido plan, este Ministerio considera que las obras en él incluidas han sido debidamente clasificadas en los grupos que determina el artículo 61, de acuerdo con lo especificado en el artículo 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.

En su virtud, este Ministerio se ha servido disponer:

Primero.

Se aprueba el plan de mejoras territoriales y obras, redactado por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, para la zona de Traid (Guadalajara), cuya concentración parcelaria fue acordada por Orden de 19 de noviembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre según lo establecido en el Decreto de ordenación de las explotaciones agrarias de la comarca de Molina de Aragón, de fecha 28 de octubre de 1969 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de noviembre).

Segundo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, se considera que las obras de red de caminos y red de saneamiento quedan clasificadas de interés general en el grupo a) del artículo 61 de dicha Ley.

Tercero.

Las obras deberán iniciarse antes de que terminen los trabajos de concentración parcelaria.

Cuarto.

Por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 21 de mayo de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmos. Sres. Subsecretario de este Departamento y Presidente del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario.

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