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Documento BOE-A-1979-17091

Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado por la que se señala la fecha tope de 1 de julio de 1980 para que los Registros de la Propiedad de Marbella y de Fuengirola funcionen con independencia (Real Decreto 1070/1979, de 4 de abril).

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 1979, páginas 16430 a 16430 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-17091

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: Acordada la alteración de la circunscripción territorial del Registro de la Propiedad de Marbella por establecimiento de dos oficinas con capitalidad en Marbella y Fuengirola, respectivamente, desempeñado el primero provisionalmente por dos titulares en régimen de división personal, con las denominaciones de Marbella I y II, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1070/1979, de 4 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 10 de mayo siguiente), y designados los titulares de los dos nuevos Registros con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4.° del mencionado Real Decreto y 486 del Reglamento Hipotecario,

Esta Dirección General ha acordado:

1.° Señalar la fecha tope del 1 de julio de 1980 para que, de conformidad con lo prevenido en el artículo 484 del repetido Reglamento, los Registros de la Propiedad de Marbella y de Fuengirola funcionen con independencia.

2.° Los Registradores interesados –si ya no lo hubieren hecho– formalizarán el inventario y entrega de libros, instalarán con separación las oficinas y organizarán las plantillas del personal auxiliar, dando cuenta a este Centro directivo, al que podrán consultar los problemas que se planteen en la práctica.

Lo que digo a V. E. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid, 27 de junio de 1979.–El Director general, Francisco Javier Díe Lamana.

Excmo. Sr. Presidente de la Audiencia Territorial de Granada.

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