Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-17168

Orden de 1 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo dictada con fecha 30 de diciembre de 1978 en el recurso contencioso-administrativo número 403.581, interpuesto contra resoluciones de este Departamento de fecha 26 de julio de 1972 y 23 de febrero de 1973 por «Trueba y Pardo, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 1979, páginas 16514 a 16514 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-17168

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 403.581, en única instancia, ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, entre la Compañía «Trueba y Pardo, S. A.», como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra resoluciones de este Ministerio de fechas 26 de julio de 1972 y 23 de febrero de 1973, que impusieron multas por irregularidades en la venta de pescado congelado, se ha dictado con fecha 30 de diciembre de 1978 sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por “Trueba y Pardo, S. A.”, contra las resoluciones del Ministerio de Comercio de veintiséis de julio de mil novecientos setenta y dos y dieciséis de octubre de mil novecientos setenta y tres, que en alzada confirmaron las sanciones de multa de treinta mil pesetas y veinticinco mil pesetas, respectivamente, impuestas a la expresada Entidad recurrente por la Dirección General de Comercio Interior el diecisiete de enero de mil novecientos setenta y dos y el veintitrés de febrero de mil novecientos setenta y tres, por venta de pescado congelado a precio superior a] autorizado, debemos declarar y declaramos la validez y subsistencia, como ajustadas, a derecho, de las resoluciones administrativas impugnadas y por consiguiente se mantienen las expresadas sanciones pecuniarias impuestas a la Entidad recurrente; sin hacer expresa condena de costas.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de fecha 27 de diciembre de 1956.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 1 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Comercio.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid