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Documento BOE-A-1979-1764

Orden de 31 de octubre de 1978 por la que se crea una Sección de Formación Profesional de primer grado en la localidad de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona).

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 1979, páginas 1427 a 1427 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-1764

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Con el fin de satisfacer la necesidad de puestos escolares de Formación Profesional de primer grado, con la previsión a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Educación y las especificas de la zona, así como lo establecido en el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril siguiente).

Este Ministerio, de acuerdo con el informe emitido por la Delegación Provincial de Barcelona, y teniendo en cuenta que en le localidad donde va a funcionar la Sección de Formación Profesional existen aulas prefabricadas que pueden usarse para impartir estas enseñanzas, ha dispuesto lo siguiente:

Primero.

Se crea en la localidad de Santa Coloma de Gramanet una Sección de Formación Profesional de primer grado, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primero y segundo grados de Barcelona-Besós, y en la que se impartirán las enseñanzas de Formación Profesional de primer grado en las ramas del Metal, Profesión Mecánica; Electricidad, Profesión Electricidad, y Automoción, Profesión Mecánico del Automóvil.

Al frente de la Sección habrá un Profesor que actuará como Profesor-Delegado, del Centro estatal del que depende v que será nombrado por el Delegado provincial del Departamento, en la forma reglamentaria.

Segundo.

Los gastos de personal docente que origine el funcionamiento de la citada Sección serán sufragados por el Patronato de Promoción de la Formación Profesional, con cargo a su presupuesto. Igualmente los gastos de material fungible inventariable y mobiliario serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del citado Patronato de Promoción de la Formación Profesional.

Tercero.

Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para dictar las Resoluciones que considere necesarias para la adecuada aplicación e interpretación de lo que por la presente se dispone.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 31 de octubre de 1978.—P D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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