Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión del Juzgado de Paz de Cozuelos de Ojeda, como consecuencia de la incorporación de su municipio al de Aguilar de Campoo (Patencia),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión del Juzgado de Paz de Cozuelos de Ojeda y su incorporación al de igual clase de Aguilar de Campoo, el que se hará cargo de la documentación y archivo del Juzgado de Paz suprimido.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 12 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Manuel Marín Aria.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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