Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-18144

Orden de 18 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, dictada con fecha 27 de marzo de 1979 en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Parga Piñeiro, don José Alvarez González, don Antonio Blanco García y don Abelardo Díaz Sanjurjo.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1979, páginas 17391 a 17391 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-18144

TEXTO ORIGINAL

Excmos. Sres.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don Manuel Parga Piñeiro, y otros, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra las resoluciones del Ministerio de Defensa de 23 de noviembre de 1977, 3 de febrero de 1978, 5 de mayo de 1977, 3 de noviembre de 1977, 24 de noviembre de 1977 y 3 de febrero de 1978, se ha dictado sentencia con fecha 27 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso promovido por el Procurador don Saturnino Estévez Rodríguez, en representación de don Manuel Parga Piñeiro, don José Alvarez González, don Antonio Blanco García y don Abelardo Díaz Sanjurjo, contra las resoluciones del Ministerio de Defensa de veintitrés de noviembre de mil novecientos setenta y siete y tres de febrero de mil novecientos setenta y ocho para los dos primeros y de cinco de mayo y tres de noviembre de mil novecientos setenta y siete para don Antonio Blanco y de veinticuatro de noviembre de mil novecientos setenta y siete y tres de febrero de mil novecientos setenta y ocho para el último, que les denegaron el derecho a percibir el complemento de destino por responsabilidad en la función, las anulamos por contrarias a derecho, y declaramos el que tienen a percibir el citado complemento con efectos desde la fecha en que dejaron de percibirlo; todo ello sin costas.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid, 18 de junio de 1979.

RODRIGUEZ SAHAGUN

Excmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y General Director de Mutilados de Guerra por la Patria.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid