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Documento BOE-A-1979-1819

Orden de 4 de diciembre de 1978 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 19 de enero de 1979, páginas 1509 a 1509 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-1819

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo promovido por don Antonio Zurita Reina contra resolución de este Departamento de 13 de noviembre de 1973, recaída en recurso de alzada por el mismo interpuesto contra acuerdo de la Junta, de Gobierno de la Mutualidad de Previsión de Funcionarios de la Administración de Justicia de 23 de marzo del propio año, la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid ha dictado la sentencia número 22, de 20 de enero de 1978, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que estimando la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado y la Mutualidad demandada, debemos declarar la falta de jurisdicción para conocer de la cuestión planteada en la litis y, en consecuencia, inadmisible el recurso interpuesto por don Antonio Zurita Reina, don Pedro Abizanda Chordi y don Aquilino Sánchez Medina, centra las resoluciones del Ministerio de Justicia de trece de noviembre de mil novecientos setenta y tres, que resolvió en alzada los recursos interpuestos contra el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Mutualidad demandada, de veintitrés de marzo del mismo año; y siendo competente la jurisdicción del Trabajo para conocer del mismo, se declare el derecho de los recurrentes a personarse ante la misma en el plazo de un mes contado a partir de la notificación de esta sentencia, entendiéndose que al hacerlo en ese plazo lo ha efectuado en la fecha en que se inició el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo. Sin costas.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid 4 de diciembre de 1978.‒P. D., el Subsecretario, Juan Antonio Ortega Díaz Ambrona.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

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