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Documento BOE-A-1979-18457

Orden de 11 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 507.824.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 1979, páginas 17602 a 17603 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-18457

TEXTO ORIGINAL

Imo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.824, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don Manuel Barrado Marina, contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado sobre revocación del Decreto 131/1976, de 9 de enero, ha dictado sentencia la mencionada Sala, con fecha 28 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad propuesta por el Abogado del Estado de este recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Barrado Marina, contra el Decreto ciento treinta y uno/mil novecientos setenta y seis, de nueve de enero, con la pretensión procesal de que se modifique, así como la Orden del Ministerio de Justicia de cinco de febrero de mil novecientos setenta y nueve y el Real Decreto tres mil doscientos noventa y dos/mil novecientos setenta y seis, de treinta y uno de diciembre, sin entrar en consecuencia en el fondo del recurso ni hacer expresa imposición de costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado» e insertará en la "Colección Legislativa», lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Juan V. Barquero.–Alfonso Algara.–Víctor Serván.–Angel Falcón.–Miguel de Páramo (con las rúbricas).

Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el excelentísimo señor Magistrado Ponente do¡n Miguel Párámo Cánovas, en audiencia pública celebrada, en el mismo día de su fecha. Ante mi, José Benéitez (rubricada).»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1950, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 11 de junio de 1979.–P. D., el Director general de Presupuestos. Angel Marrón Gómez.

Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.

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