Ilmo. Sr.: De conformidad con los términos del Acuerdo adicional relativo a los estudios y diplomas de los Centros españoles en Francia y franceses en España, firmado en Madrid el 2 de junio de 1977, examinados los canjes de Notas intercambiados entre los Gobiernos francés y español, en cumplimiento del Acuerdo adicional citado.
Visto el Decreto 1110/1978, de 12 de mayo, sobre régimen de Centros extranjeros en España,
Este Ministerio ha resuelto:
1.º Autorizar el Centro francés de carácter no estatal cuyos datos se indican a continuación:
Provincia de Madrid
Municipio: Madrid.
Localidad: Madrid.
Denominación: «Institution France».
Domicilio: Alfonso Rodríguez Santamaría, 28.
Clasificación: Centro extranjero autorizado para impartir enseñanza conforme al sistema educativo francés a alumnos españoles y extranjeros.
Niveles educativos: Jardín de Infancia y Maternal. Enseñanza Primaria. Enseñanza Secundaria (de la sexta a la tercera clase).
Número de puestos escolares: 150.
2.º Declarar aplicable a los alumnos españoles y extranjeros que cursen estudios en el mencionado Centro la siguiente tabla de equivalencias:
3.º Condicionar el disfrute de las equivalencias acordadas a la superación por los alumnos de las materias de Lengua y Civilización españolas, fijadas de común acuerdo por ambos Gobiernos.
4.º Declarar aplicable al citado Centro francés de carácter no estatal el Decreto 1110/1978, de 12 de mayo, sobre régimen de Centros extranjeros en España, en lo no previsto por el Acuerdo adicional de 2 de junio de 1977.
Lo que digo a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 21 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigóméz Iza.
Ilmo. Sr. Secretario general Técnico.
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