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Documento BOE-A-1979-19188

Real Decreto 1891/1979, de 22 de junio, por el que se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Sax (Alicante) de un inmueble de 2.000 metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de una guardería infantil.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 1979, páginas 18198 a 18198 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-19188

TEXTO ORIGINAL

Por el Ayuntamiento de Sax (Alicante) ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de dos mil metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de una guardería infantil.

Por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social se considera de interés la referida donación

A propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Sax (Alicante) de un inmueble de dos mil metros cuadrados de superficie, sito en el mismo término municipal, en la avenida El Pardo, que linda: Al Norte, con parque público municipal El Pardo; al Sur, con camino del cementerio, al Este, parque público; y Oeste, ciudad deportiva municipal.

El inmueble donado se destinará a la construcción de una guardería infantil.

Artículo 2.

El inmueble mencionado deberé incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al de Sanidad y Seguridad Social para los servicios de guardería infantil dependientes de este último Departamento. La finalidad de la donación habrá de cumplirse de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación de Régimen Local.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

JAIME GARCIA AÑOVEROS

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