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Documento BOE-A-1979-19611

Orden de 22 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, dictada con fecha 6 de febrero de 1979, en el recurso contencioso-administrativo número 405.327, interpuesto contra resoluciones de este Departamento de fechas 17 de enero y 21 de noviembre de 1973 por «Aceites Masip, S. A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 1979, páginas 18672 a 18673 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-19611

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 405.327, ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en única instancia, entre «Aceites Masip, S. A», como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra resoluciones de este Ministerio de 17 de enero y 21 de noviembre de 1973, sobre sanción, se ha dictado con fecha 6 de febrero do 1979 sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por «Aceites Masip, S. A.», contra las resoluciones del Ministerio de Comercio de diecisiete de enero y veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y tres, debemos declarar y declaramos que las citadas resoluciones, en cuanto que imponen a dicha Sociedad una multa de cuatro millones de pesetas, no son conformes a derecho, por lo que las anulamos y dejamos sin valor ni efecto en ese concreto extremo y reducimos a quinientas mil pesetas la multa impuesta por venta de aceite adulterado, a a vez que ordenamos la devolución a la recurrente de lo que haya abonado con exceso sobre la referida cantidad; desestimando las restantes peticiones deducidas en la demanda, sin hacer Imposición de las costas causadas.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo previsto en el articulo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de fecha 27 de diciembre de 1956.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 22 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Comercio.

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