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Documento BOE-A-1979-19618

Orden de 8 de junio de 1979 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por Rosalía Beato Blanco.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 1979, páginas 18678 a 18678 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-19618

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con fecha 1 de diciembre de 1978 en el recurso contencioso-administrativo números 404.837 y 404.838, interpuesto por Rosalía Beato Blanco y otro contra este Departamento, sobre sanción,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencio, puya parte dispositiva, literalmente dice:

«Fallamos: Que denegando la causa de inadmisibilidad formulada por el Abogado del Estado y estimando y desestimando parcialmente los recursos contencioso-administrativos acumulados e interpuestos por don Enrique Martín Prada y su esposa, doña Rosalía Beato Blanco, contra las Resoluciones de la Dirección General de la Seguridad Social de veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y dos y en recurso de alzada del Ministerio de Trabajo de tres de abril de mil novecientos setenta y tres, se declara la nulidad de esta última resolución ministerial en su totalidad y de las posteriores actuaciones de la misma, y sin entrar a resolver sobre la cuestión de fondo planteada en esté procedimiento, con respecto a la sanción impuesta al citado farmacéutico recurrente, se acuerda reponer las actuaciones practicadas al referido trámite administrativo, a fin de que, conociendo la Administración Pública del fondo del asunto debatido sobre dicha sanción, dicte de nuevo la resolución que proceda y, en su caso, se prosigan después las actuaciones con arreglo a la Ley hasta su definitiva solución, y se anula y deja sin efecto por no ser conforme a derecho el particular de la resolución recurrida en alzada, por el que se acuerda iniciar las actuaciones correspondientes de las infracciones cometidas en la oficina de Farmacia de la que es titular la recurrente doña Rosalía Beato Blanco; todo ello sin hacer expresa condena en costas.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V.I.

Madrid, 8 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Eloy Ibáñez Bueno.

limo. Sr. Director general de Farmacia y Medicamentos.

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