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Documento BOE-A-1979-20053

Orden de 30 de junio de 1979 por la que se acuerda dar cumplimiento en sus propios términos a la sentencia dictada por la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid en el recurso número 403 de 1977.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 1979, páginas 19130 a 19130 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-20053

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso Contencioso-Administrativo número 403 de 1977, interpuesto por don Alberto García Sáez, representado por el Procurador don José Luis Granizo y García-Cuenca, contra la resolución del Ministerio de Justicia de 10 de enero de 1977, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la de 16 de junio de 1976, referente a los efectos económicos derivados de la revisión de la sanción de separación que se le había impuesto, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid ha dictado sentencia con fecha 27 de abril de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, desestimando el recurso, contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don José Luis Granizo y García-Cuenca, en nombre y representación de don Alberto García Sáez, contra la resolución del Ministerio de Justicia de diez de enero de mil novecientos setenta y siete, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la de dieciséis de junio de mil novecientos setenta y seis, referente a los efectos económicos derivados de la revisión de la sanción de separación que se le había impuesto, debemos declarar y declaramos ajustados a Derecho dichos actos, absolviendo a la Administración demandada de las pretensiones contra ella deducidas en este proceso; sin hacer especial declaración sobre las costas causadas.

Así por ésta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.‒Martín J. Rodríguez.‒Francisco López.‒Ricardo Enríquez.‒Rubricados.

Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado de esta Sala, ilustrísimo señor don Ricardo Enrique Sancho, Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo, de lo que, como Secretario de la misma, certifico.‒Madrid, veintisiete de abril de mil novecientos setenta y nueve.‒Manuel Gándara.‒Rubricado.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bién disponer que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia; todo ello en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 105 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo, de fecha 27 de diciembre de 1956.

Lo que digo a V. I.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de junio de 1979.

CAVERO LATAILLADE

Ilmo. Sr. Director general de Instituciones Penitenciarias.

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