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Documento BOE-A-1979-20359

Orden de 3 de julio de 1979 por la que se crean Secciones de Formación Profesional de primer grado en varias localidades de las provincias de Avila y Cáceres.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 1979, páginas 19494 a 19495 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-20359

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr. Con el fin de satisfacer la necesidad de puestos escolares de Formación Profesional, con la previsión a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Educación y las específicas de la zona, así como lo establecido en el articulo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 12 de abril siguiente).

Este Ministerio, de acuerdo con los informes emitidos por las Delegaciones Provinciales de Avila y Cáceres y teniendo en cuenta que por las respectivas Corporaciones Municipales han sido facilitados locales suficientes, ha dispuesto lo siguiente:

Primero.

Se crean en las localidades que a continuación se relacionan sendas Secciones de Formación Profesional de primer grado en las que se cursarán las enseñanzas de Formación Profesional que para cada una de ellas se expresan:

Provincia de Avila

1. La Adrada.–Primer grado en las profesiones de Administrativo de la rama Administrativa y Comercial, y Construcciones Metálicas de la rama del Metal, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primero y segundo grados de Cebreros.

Provincia de Cáceres

2 Alcántara.–Primer grado en las profesiones de Electricidad de la rama de Electricidad, y Moda y Confección de la rama de Moda y Confección, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primero y segundo grados de Valencia de Alcántara.

3. Guadalupe –Primer grado en las profesiones de Delineante de la rama de Delineación, y Administrativa de la rama

Administrativa y Comercial, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primero y segundo grados de Navalmoral de la Mata.

4. Hoyos.–Primer grado en las profesiones de Operador de Laboratorio de la rama Química, y Administrativa de la rama Administrativa y Comercial, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primer y segundo grados de Montehermoso.

5. Navaconcejo.–Primer grado en las profesiones de Operador de Planta de la rama Química, y Delineante de la rama de Delineación, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primer y segundo grados de Plasencia

6 Nuñomoral.–Primer grado en las profesiones de Economía Familiar Rural de la rama Agraria, y Moda y Confección de la Rama de Moda y Confección, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primero y segundo grados de Hervás.

Al frente de las mismas habrá un Profesor que actuará como Profesor-Delegado del Centro estatal del que depende y que serán nombrados por los Delegados provinciales del Departamento en la forma reglamentaria.

Segundo.

Los gastos de material fungible, inventariable y mobiliario serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de le Formación Profesional. Los gastos de funcionamiento no incluidos entre los ya citados serán sufragados por el Ayuntamiento de la localidad arriba mencionada.

Tercero.

Las citadas Secciones entrarán en funcionamiento a partir del próximo curso 1979-80.

Cuarto.

Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para tomar todas las medidas que considere necesarias para el mejor cumplimiento de cuanto por la presente se dispone.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 3 de julio de 1979.–P.D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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