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Documento BOE-A-1979-20441

Real Decreto 1990/1979, de 13 de julio, por el que se acuerda la enajenación directa a la Entidad «Butano, S. A.», para la construcción de un gasoducto, de dos parcelas de terreno sitas en el término municipal de Alcora (Castellón).

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1979, páginas 19565 a 19565 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-20441

TEXTO ORIGINAL

La Entidad «Butano, S. A.», ha interesado la enajenación de dos parcelas, sitas en el término municipal de Alcora (Castellón), paraje «Mas Vell», propiedad del Estado, con el fin de construir un gasoducto, cuya concesión le fue otorgada por el Ministerio de Industria mediante Orden de once de abril de mil novecientos setenta y cinco. Los inmuebles objeto de la enajenación han sido tasados en las cantidades de ciento setenta y cuatro mil trescientas cuarenta y cuatro y ciento cincuenta y cuatro mil trescientas treinta y siete pesetas, respectivamente, por los Servicios Técnicos del Ministerio de Hacienda.

En el presente caso concurren circunstancias que justifican hacer uso de la autorización concedida por el artículo sesenta y tres de la Ley del Patrimonio del Estado, de quince de abril de mil novecientos sesenta y cuatro.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de julio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo sesenta y tres de la Ley del Patrimonio del Estado, de quince de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, se acuerda la enajenación directa, a la Entidad «Butano, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Arcipreste de Hita, número diez, de dos parcelas de terreno sitas en el término municipal de Alcora (Castellón), para ser destinadas a la construcción de un gasoducto y que a continuación se describen:

Primera. «Finca rústica, sita en el término municipal de Alcora (Castellón), partida "Mas Vell», parcela noventa y tres del polígono setenta y seis, con una superficie de 3,0963 hectáreas y los linderos siguientes: Norte, Vicente Paus Herrero; Sur, Andrés Mascarós Nebot; Este, Domingo García Solsona; Oeste, Encarnación Saborit Carnicer.»

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Lucena del Cid, al tomo ochenta y seis, libro veintidós, folio noventa y cinco, finca tres mil seiscientos noventa y uno, inscripción primera.

Tasada en ciento setenta y cuatro mil trescientas cuarenta y cuatro pesetas.

Segunda. «Finca rústica, sita en el término municipal de Alcora (Castellón), parcela noventa y uno del polígono setenta y seis, partida "Mas Vell", con una superficie de 5,2398 hectáreas y los linderos siguientes: Norte, Pascual Mallol Pardo; Sur, Vicente Saura Bonet; Este, María Monfort Guillamón; Oeste, Salvador Renau Manens.»

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Lucena del Cid, al tomo setenta y tres, libro dieciocho, folio setenta vuelto, finca dos mil novecientos cincuenta y uno, inscripción segunda.

Tasada en ciento cincuenta y cuatro mil trescientas treinta y siete pesetas.

Artículo 2.

El precio total de dicha enajenación es el de trescientas veintiocho mil seiscientas ochenta y una pesetas, las cuales deberán ser ingresadas en el Tesoro por la Sociedad adquirente en el plazo de quince días a partir de la notificación por la Delegación de Hacienda de Castellón de la Plana, siendo también de cuenta de la Entidad interesada todos los gastos originados en la tramitación del expediente y los que se causen en cumplimiento del presente Real Decreto.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites conducentes a la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a trece de julio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,
JAIME GARCIA AÑOVEROS

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