En el recurso contencioso-administrativo número 756/74, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Thoro, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 10 de mayo de 1973, se ha dictado por la citada Auiencia con fecha 4 de noviembre de 1976, sentencia confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Sociedad mercantil “Thoro, S. A.”, contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha diez de mayo de mil novecientos setenta y tres, así como frente a la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición contra tal resolución interpuesto a que las presentes actuaciones se contraen, debemos confirmar y confirmamos las referidas resoluciones, por su conformidad a derecho. Sin hacer especial imposición de costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 26 de julio de 1979.–El Director, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid