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Documento BOE-A-1979-20867

Orden de 30 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, dictada con fecha 18 de mayo de 1979 en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Remedios Segado Campos.

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 1979, páginas 19973 a 19973 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-20867

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo, entre partes, de una, como demandante, doña Remedios Segado Campos, quien postula por sí misma, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra acuerdos del Consejo Supremo de Justicia Militar de 29 de marzo y 5 de julio de 1977, se ha dictado sentencia con fecha 18 de mayo de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo deducido por doña Remedios Segado Campos, contra los acuerdos de la Sala de Gobierno del Consejo Supremo de Justicia Militar de veintinueve de marzo y cinco de julio de mil novecientos setenta y siete, que le denegaron la pensión extraordinaria por la muerte de su hijo el Guardia Civil segundo don Jesús Escudero Segado, acuerdos que anulamos como contrarios al ordenamiento jurídico; declaramos en su lugar que la mencionada recurrente tiene derecho a que se le fije tal pensión extraordinaria, lo que efectuará la Sala de Gobierno del Consejo Supremo de Justicia Militar que ostenta la competencia en tal materia; sin imposición de las costas causadas en este proceso

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicandose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 105 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363).

Lo que por la presente Orden ministerial digo a V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes.

Dios guarde a V E. muchos años.

Madrid, 30 de junio de 1979.

RODRIGUEZ SAHAGUN

Excmo. Sr. Teniente General Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.

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