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Documento BOE-A-1979-20904

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza la modificación y consolidación de la línea eléctrica interprovincial a 30 KV., denominada «San Miguel-Amurrio», entre el apoyo 245 y la S. T. «Amurrio», y declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 1979, páginas 19992 a 19993 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-20904

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Vizcaya a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», con domicilio en Bilbao, calle Cardenal Gardoqui, número 8, solicitando autorización para modificar y consolidar una línea eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939;

Vistos los escritos de oposición de don Ildefonso Larrieta Muguruza, de fechas 24 de diciembre de 1968, 11 de enero de 1969, 20 de enero de 1969 y 8 de enero de 1969, en los que alega el hecho de «Construir y atravesar ilegalmente la finca de su propiedad», asimismo que el nuevo trazado de la línea «se trata simplemente de una caprichosísima, egoísta y antihumana conveniencia de “Iberduero, S. A”»; en otro punto alega que la línea «se construyó... atravesando mi finca, precisamente por el único punto, que pruebo, que reúna todas las condiciones para llevar a cabo mis inminentes programas de obras destinadas a vivienda y granja», y que «el contorno de la finca ha estado siempre vallado con pared, alambrado y seto de espino-zarza»;

Visto el escrito de contestación por parte de la Empresa peticionaria a las oposiciones de don Ildefonso Larrieta Muguruza, en el que alega que respecto a «La supuesta invasión de los terrenos... los hechos aludidos por el reclamante no tienen relación alguna con el expediente que se tramita en esa Delegación de Industria», así como que la modificación del trazado primitivo se debe a que «la primitiva línea fue proyectada en su día como una simple línea de trasporte de energía eléctrica... en la actualidad la línea que nos ocupa ha de atender fundamentalmente al suministro de los abonados, pues se trata de una línea de distribución», y que las alegaciones sobre el vallado de la finca «es totalmente falso».

Visto el informe favorable a la autorización emitido por la Delegación Provincial de este Ministerio en Vizcaya justificando la necesidad de la misma;

Considerando que la Administración no es competente respecto a la definición de responsabilidades en el caso de los terrenos ocupados indebidamente, sino que es competencia de los Tribunales ordinarios;

Considerando que las limitaciones contenidas en el artículo 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de ocubre, no son de consideración en esta fase del expediente, sino en otra posterior.

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», la modificación y consolidación de la línea de transporte de energía eléctrica a 30 KV., denominada S. T. «San Miguel» «Basauri)-S. T. «Amurrio», autorizada por resolución de la extinta Dirección General de Industria de fecha 17 de octubre de 1955, y actualmente en funcionamiento.

La modificación tendrá su origen en el apoyo número 245 de la línea actual, una longitud de 9.309,5 metros y final en la subestación de Amurrio. En la provincia de Alava poseerá 4.882 metros y el resto en la de Vizcaya.

Constará de un doble circuito trifásico, tendido con conductor aluminio-acero de 181,7 milímetros cuadrados de sección en disposición hexagonal, sobre apoyos metálicos de celosía.

La finalidad de esta modificación consiste en distribuir energía a la zona de su trazado atendiendo a la demanda creciente en la misma.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Lo que comunico a VV. SS.

Dios guarde a VV. SS. muchos años.

Madrid, 26 de julio de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sres. Delegados provinciales del Ministerio de Industria y Energía de Vizcaya y Alava.

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