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Documento BOE-A-1979-21075

Orden de 31 de julio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Albacete número 52/79.

Publicado en:
«BOE» núm. 206, de 28 de agosto de 1979, páginas 20190 a 20190 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-21075

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 52/79, seguido por la Audiencia Territorial de Albacete, promovido por don Tomás Cruz Cañadas y otros, contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre percepción de los nuevos emolumentos concedidos por el Decreto 1566/72, desde la fecha de 1 de enero de 1968, ha dictado sentencia la mencionada Sala, con fecha 25 de junio de 1979 y cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Tomás Cruz Cañadas, don Valentín Vázquez Recuenco y don Valentín Bachiller Ochaita, funcionarios de la Administración Civil del Estado con destino en la Jefatura Provincial de anidad de Cuenca, frente a la Administración General del Estado contra el acto denegatorio presunto del Ministerio de Hacienda referente al derecho a percibir las retribuciones que a aquéllos se les reconocen en el Decreto mil quinientos cincuenta y seis/mil novecientos setenta y dos a partir del uno de enero de mil novecientos setenta y ocho, debemos declarar y declaramos no ajustado a derecho dicho acto administrativo, debiendo percibir los recurrentes las susodichas retribuciones a partir de la fecha que se indica, es decir, uno de enero de mil novecientos setenta y ocho. Todo ello sin hacer condena de costas.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se dejará certificación literal en los autos principales, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: José María López Asúnsolo Fernández, Ramón Escoto Ferrari y Emilio Frías Ponce (rubricados).).

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el ilustrísimo señor Magistrado Ponente don José María López Asúnsolo Fernández, estando celebrando audiencia pública la Sala de lo Contencioso-Administrativo que la firma, por ante mí, el Secretario, que certifico en Albacete a veinticinco de junio de mil novecientos setenta y nueve, Felipe Garrido Rosales (rubricado).»

En su virtud, este Ministerio, de conforidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 31 de julio de 1979.–P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.

Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.

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