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Documento BOE-A-1979-21679

Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación que aprueba la autorización particular por la que se otorgan los beneficios de fabricación mixta a la Empresa «Ramón Vizcaíno, S. A.», para la construcción de unidades motocompresoras de tornillo para amoníaco de potencias comprendidas entre 27.000 y 5.800.000 frigorías/hora (P. A. 84.11-D-3).

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 5 de septiembre de 1979, páginas 20769 a 20770 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-21679

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 783/1979, de 16 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 19 de abril), aprobó la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de unidades motocompresoras de tornillo para fluidos frigorígenos desde 20.000 frigorías/hora hasta 6.000.000 de frigorías/hora de potencia.

Al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto citado y en el Decreto-ley número 7, de 30 de junio de 1967, que estableció el régimen de fabricaciones mixtas, y el Decreto 2182, de 20 de julio de 1974, que desarrolló dicho Decreto-ley. «Ramón Vizcaíno, S. A.», con domicilio social en San Sebastián, barrio de Herrera, s/n., presentó solicitud para acogerse a los beneficios de bonificación arancelaria para la importación de las partes, piezas y elementos, de origen extranjero que se necesitan incorporar a la producción nacional de unidades motocompresoras de las características indicadas bajo el régimen de fabricación mixta.

De acuerdo con lo previsto en los Decretos mencionados, la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales formuló informe con fecha 6 de junio de 1979, calificando favorablemente la solicitud de «Ramón Vizcaíno, S. A.», por considerar que dicha Empresa tiene suficiente capacidad industrial para abordar la fabricación de unidades motocompresoras con el grado mínimo de nacionalización que fijó el Real Decreto de Resolución-tipo.

La fabricación en régimen mixto de estas unidades motocompresoras presenta un gran interés para la economía nacional, ya que significa un paso adelante de la industria española constructora de bienes de equipo. Este paso, a su vez, ha de contribuir a la ulterior evolución hacia técnicas más avanzadas.

En virtud de cuanto antecede, y habiéndose cumplido los trámites reglamentarios, procede dictar la Resolución que prevén los artículos sexto del Decreto-ley 7/1967 y décimo del Decreto 2182/1979, ya referidos, por lo que esta Dirección General de Política Arancelaria e Importación ha dispuesto la concesión de la siguiente autorización particular para la fabricación en régimen mixto de las unidades motocompresoras que después se detallan, en favor de «Ramón Vizcaíno, S. A.».

Autorización particular

1.ª Se conceden los beneficios de fabricación mixta previstos en el Decreto-ley número 7, de 30 de julio de 1967, y Real Decreto 783/1979, de 16 de marzo, a la Empresa «Ramón Vizcaíno, S. A.», con domicilio social en San Sebastián, barrio de Herrera, s/n., para la fabricación de unidades motocompresoras de tornillo para amoníaco de potencias comprendidas entre 27.000 y 5.800.000 frigorías/hora.

2.ª Se autoriza a «Ramón Vizcaíno, S. A.» a importar con bonificación del 95 por 100 de los derechos arancelarios que le correspondan, las partes, piezas y elementos que se relacionan en el anexo de esta autorización particular. Para mayor precisión, la Dirección General de Política Arancelaria e Importación enviará a la Dirección General de Aduana relación de las declaraciones o licencias de importación que «Ramón Vizcaíno, S. A.» tenga concedidas en relación con esta fabricación mixta.

3.ª Los tipos de unidades motocompresoras a fabricar y los grados de nacionalización e importación son los que se indican a continuación:

Tipo de unidad motocompresora

Nacional

Porcentaje

Importación

Porcentaje

Modelo WRV-163. ‒ Capacidad entre 27.000 y 800.000 frigorías/hora. 78,64 21,36
Modelo WRV-204/1.1. ‒ Capacidad entre 48.000 y 1.000.000 de frigorías/hora. 77,58 22,42
Modelo WRV-204/1.65. ‒ Capacidad entre 75.000 y 1.430.000 frigorías/hora. 77,55 22,45
Modelo WRV - 255/1.1. ‒Capacidad entre 103.000 y 1.825.000 frigorías/hora. 77,10 22,90
Modelo WRV-255/1.65. ‒ Capacidad entre 160.000 y 2.900.000 frigorías/hora. 77,94 22,06
Modelo WRV-321/1.65. ‒ Capacidad entre 320.000 y 5.800.000 frigorías/hora. 72,22 23,53

4.ª A los efectos del artículo séptimo del Real Decreto 783/1979, se fija en el 2 por 100 el porcentaje máximo de productos terminados de origen extranjero, ya nacionalizados, que pueden incorporarse a la fabricación mixta con la consideración de productos nacionales y sin incidir, en consecuencia, en el porcentaje de elementos extranjeros autorizados a importar con bonificación arancelaria.

5.ª El cálculo de los porcentajes de nacionalización e importación ha sido realizado sobre la base de los valores que figuran en la solicitud y proyecto aprobados. Podrá procederse a una revisión de dichos valores y, en su caso, porcentajes, por modificaciones del tipo de cambio en el mercado oficial de divisas y por variaciones de precio plenamente justificadas.

6.ª Todo incumplimiento, en cuanto a porcentajes se refiere y que tenga, por tanto, sanción administrativa, es de la sola y única responsabilidad de «Ramón Vizcaíno, S. A.», sin que en ningún momento pueda repercutirse esta responsabilidad sobre terceros.

7.ª Para la resolución de las dudas, discrepancias, interpretaciones y cualquier cuestión que surja en la aplicación de esta autorización particular se tomará como base de información la solicitud y proyecto de fabricación mixta presentados por «Ramón Vizcaíno, S. A.», y el informe de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales.

8.ª A partir de la entrada en vigor de esta autorización particular será de aplicación lo dispuesto en el artículo octavo del Real Decreto 783/1979 que estableció la Resolución-tipo.

9.ª La presente autorización particular tendrá una vigencia de dos años a partir de la fecha de esta Resolución. Este plazo es prorrogable si las circunstancias económicas así lo aconsejan.

Madrid, 19 de junio de 1979.‒El Director general, José Ramón Bustelo y García del Real.

Relación de elementos a importar por la Empresa «Ramón Vizcaíno, S. A.» para fabricación mixta den unidades motocompresoras de tornillo para amoníaco de potencias comprendidas entre 27.000 y 5.800.000 frigorías/hora.

Descripción

‒ Compresor de tornillo.

‒ Válvula de regulación de la presión del aceite, válvulas solenoide del circuito de aceite, válvula regulación carga aceite y válvula solenoide carga y descarga de aceite.

‒ Filtros de la válvula solenoide de carga y descarga de aceite.

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