La experiencia recogida durante la vigencia del Programa de Reproducción Ordenada de Ganado Bovino de la provincia de Cáceres, aprobado por Resolución de esta Dirección General de 30 de noviembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de enero de 1978), aconseja introducir determinadas modificaciones encaminadas a un mejor resultado en su realización.
En consecuencia, y a propuesta de la Delegación Provincial de Agricultura de Cáceres, esta Dirección General ha tenido a bien resolver lo siguiente:
1.º Se prorroga el Programa de Reproducción Ordenada de Ganado Bovino de la provincia de Cáceres, aprobado por Resolución de esta Dirección General de 30 de noviembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de enero de 1978), con excepción de los apartados que a continuación se indican, cuyo contenido será el siguiente:
1.1 Funcionarán cuatro servicios aplicativos de inseminación artificial, cuya distribución por zonas de reproducción es la siguiente:
Zonas de reproducción | Servicios aplicativos | Total |
---|---|---|
B | 2 | 2 |
G | 1 | 1 |
H | 1 | 1 |
2.º La vigencia del Programa con las modificaciones señaladas en el apartado anterior se prorroga hasta el 31 de julio de 1980.
Lo que se comunica a V. S. para conocimiento y cumplimiento.
Dios guarde a V. S.
Madrid, 24 de julio de 1979.‒El Director general, José Luis García Ferrero.
Sres. Subdirector general de la Producción Animal y Delegado provincial del Ministerio de Agricultura de Cáceres.
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