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Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 184, de fecha 2 de agosto de 1979, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 18197, primera columna, tercer párrafo del preámbulo del ya citado Real Decreto, líneas 1 y 2, donde dice: «... en su artículo sesenta y siete, autoriza al Gobierno ...»; debe decir: «... en su artículo setenta y siete, autoriza al Gobierno...».
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