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Documento BOE-A-1979-23040

Orden de 11 de septiembre de 1979 por la que se amplia el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Loris Meliconi Morini», en el sentido de incluir la importación de copolímeros de etileno-propileno.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 1979, páginas 22284 a 22285 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-23040

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La firma «Loris Meliconi Morini», beneficiaría del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 13 de marzo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de abril), para la importación de poliestireno antichoque y la exportación de artículos de uso doméstico en hierro, acero inoxidable y plástico (paneras, botes de cocina, cubos basura y baño, escurreplatos, etc.) solicita se incluya entre las mercancías de importación copolímeros del etileno-propileno.

Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:

Primero.

Ampliar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Loris Meliconi Morini», con domicilio en carretera de acceso, kilómetro 1, Roda de Bará (Tarragona), por Orden ministerial de 13 de marzo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de abril), en el sentido de incluir entre las mercancías de importación los copolímeros del etileno-propileno (P. A. 39.02.G.2).

Segundo.

A efectos contables respecto a la presente ampliación, se mantienen los establecidos en la Orden ministerial de 13 de marzo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de abril).

Tercero.

Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 14 de noviembre de 1978 también podrán acogerse a los beneficios de los sistemas de reposición y de devolución de derechos derivados de la presente ampliación, siempre que se haya hecho constar en la licencia de exportación y en la restante documentación aduanera de despacho la referencia de estar solicitada y en trámite de resolución. Para estas exportaciones, les plazos para solicitar la importación o devolución, respectivamente, comenzarán a contarse desde la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 13 de marzo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de abril) que ahora se amplía.

Lo que comunico a V, I. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid 11 de septiembre de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

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