El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 10 de septiembre de 1979, ha resuelto otorgar definitivamente a don Fernando Alvarez Robles la concesión del citado servicio público regular de transporte de viajeros por carretera entré Casasbuenas y Torrijos, provincia de Toledo, con arreglo a la Ley y Reglamento de Ordenación de los Transportes vigentes y, entre otras, a las siguientes condiciónes particulares:
Itinerario, longitud de 39 kilómetros: Casasbuenas, Polán, finca «La Palomera», finca «La Ventosilla», salto de Castrejón, finca «Alcubillete», Burujón, Gerindote y Torrijos.
Prohibiciones de tráfico: De y entre Torrijos y el empalme de la carretera de Burujón con la C-403 y viceversa, y entre los empalmes de la L-22 con las C-403 y C-502 y viceversa.
Expediciones: Dos de ida y vuelta los días laborables.
Tarifas: Clase única a 1,852 pesetas por viajero-kilómetro. Exceso de equipajes, encargos y paquetería a 0,2778 pesetas por cada 10 kilogramos-kilómetro o fracción. Sobre las tarifas de viajero-kilómetro se percibirá del usuario el Seguro Obligatorio de Viajeros.
Clasificación respecto al ferrocarril: Afluente b).
Madrid, 10 de septiembre de 1979.‒El Director general, Pedro González-Haba González.‒12.177-E.
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