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Documento BOE-A-1979-24899

Orden de 19 de septiembre de 1979 por la que se dispone la ejecución en sus propios términos de la sentencia dictada en 23 de junio de 1979 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la excelentísima Audiencia Territorial de Burgos en el recurso contencioso-administrativo número 329 de 1977.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 1979, páginas 24571 a 24571 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-24899

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el testimonio de la sentencia dictada en 23 de junio último por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la excelentísima Audiencia Territorial de Burgos, en el recurso contencioso-administrativo número 329/77, interpuesto por el Ayuntamiento de Quintanar de la Sierra (Burgos), contra, resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 14 de julio de 1977, en relación con la Contribución Territorial Rústica y Pecuaria;

Resultando que concurren en este caso las circunstancias previstas en el artículo 105 de la Ley de 27 de diciembre de 1956,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer la ejecución en sus propios términos de la referida sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Quintanar de la Sierra, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de fecha catorce de julio de mil novecientos setenta y siete, confirmatoria en alzada de la dictada en reclamación número ciento cincuenta/setenta y cinco sobre Contribución Territorial Rústica, por el Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Burgos en treinta de diciembre de mil novecientos setenta y cinco, debemos declarar y declaramos no haber lugar a las pretensiones instadas en la demanda; sin especial pronunciamiento sobre pago de costas.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 19 de septiembre de 1979.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Carlos García de Vinuesa y Zabala.

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

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