Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Sala Quinta del Tribunal Supremo, con fecha 25 de abril de 1979, en el recurso contencioso-administrativo número 30.195, interpuesto por don Raúl Fernández Chacón contra este Departamento, sobre anulación de resolución de 9 de febrero de 1976,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por don Raúl Fernández Chacón contra la sentencia de la Sección Tercera de la Sala de la Audiencia Nacional, fecha nueve de febrero de mil novecientos setenta y ocho, sobre concurso especial para provisión de puestos de trabajo convocado por la Orden del Ministerio de la Gobernación, hoy del Interior, de trece de mayo de mil novecientos setenta y seis, debemos confirmar y confirmamos íntegramente dicha sentencia, y no hacemos especial condena respecto a las costas causadas en ambas instancias.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y, en virtud de las atribuiciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 5 de octubre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Eloy Ibáñez Bueno.
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
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