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Documento BOE-A-1979-3508

Orden de 7 de diciembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 19.099.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 1979, páginas 3058 a 3058 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-3508

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, seguido ante el Tribunal Surpemo, Sala 4.ª con el número 19.099, interpuesto por el Ayuntamiento de Málaga, contra resolución de 16 de julio de 1970, sobre denegación de aprobación de Ordenanzas, se ha dictado sentencia con fecha 23 de enero de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que denegando la causa de inadmisibilidad formulada por el Abogado del Estado y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Málaga, contra lo resuelto el dieciséis de junio de mil novecientos setenta por el Ministerio de la Vivienda, debemos declarar y declaramos la validez y subsistencia del citado acto administrativo por estar ajustado a derecho, y en su consecuencia se acuerda denegar la aprobación del Ordenamiento Urbano propuesto por el Ayuntamiento recurrente, para la manzana comprendida entre la plaza de Queipo de Llano, avenida de Manuel Agustín Heredia y las calles Casas de Campo, Arriarán, y Vendeja de dicha ciudad, sin hacer expresa condena de costas.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 7 de diciembre de 1978.‒P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro José López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director general de Urbanismo.

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