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Documento BOE-A-1979-3626

Orden de 20 de diciembre de 1978 sobre concesión del título-licencia de Agencia de Viajes del grupo «A», a «Viajes Amalur, S. L.» (VIAMA), número 513 de orden.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 1979, páginas 3110 a 3111 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-3626

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Ilmo Sres.: Visto el expediente instruido con fecha 11 de abril de 1978 a Instancia de don Jesús Baigorri Juarrero, en nombre y representación de «Viajes Amalur, Sociedad limitada». (VIAMA), en solicitud de la concesión del oportuno título licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A», y

Resultando que a la solicitud de dicha Empresa se acompañó la documentación que previenen los artículos 9 y concordantes del Reglamento aprobado por Orden Ministerial de 9 de agosto de 1974, que regula el ejercicio de la actividad profesional que compete a las Agencias de Viajes, y en el que se especifican los documentos que habrán de ser presentados juntamente con la solicitud de otorgamiento del título-licencia;

Resultando que, tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Promoción del Turismo, aparecen cumplidas las formalidades y justificados los extremos que se previenen en los artículos 10, 12 y 15 del expresado Reglamento;

Considerando que en la Empresa solicitante concurren todas las Condiciones exigidas por el Decreto 1524/1973, de 7 de junio, y Orden de 9 de agosto de 1974, para la obtención del titulo-licencia de Agencia de Viajes del grupo «A»,

Este Ministerio, en uso de la competencia que le confiere el artículo 7.ª del Estatuto Ordenador de las Empresas y Actividades Turísticas, aprobado por Decreto 231/1965, de 14 de enero, y el articulo 1.º del Real Decreto 2677/1977, de 6 de octubre, ha tenido a bien resolver:

Artículo único.

Se concede el título-licencia de Agencia de Viajes del grupo «A» a «Viajes Amalur, S. L.» (VIAMA), con el número 513 de orden, y Casa Central en Vitoria, San Prudencia, 1, bajo, pudiendo ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta Orden ministerial en el «Boletín Oficial del Estado», con sujeción a los preceptos del Decreto 1524/1973, de 7 de junio; Reglamento de 9 de agosto, y demás disposiciones aplicables.

Lo que comunico a V. E. y a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y a V. I. muchos años.

Madrid. 20 de diciembre de 1978.

GARCIA DIEZ

Excmo. e Ilmo. Sres. Secretario de Estado de Turismo y Director general de Promoción del Turismo.

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