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Documento BOE-A-1979-3733

Orden de 15 de diciembre de 1978 por la que se dispone la aprobación de un prototipo de surtidor de carburante marca «Schwelm», modelo «M-160/R II».

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1979, páginas 3233 a 3234 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-3733

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Vista la petición interesada por la Entidad «Cetil, S. A.», con domicilio en Madrid, avenida de Burgos, kilómetro 5,300, zona industrial de Manoteras, calle Norte, 1, en solicitud de aprobación de un prototipo de surtidor de carburante marca «Schwelm», modelo «M-160/R II», de fabricación alemana.

Esta Presidencia del Gobierno, de acuerdo con las normas previstas en el artículo 20 del Reglamento para la ejecución de la Ley de Pesas y Medidas, aprobado por Decreto de 1 de febrero de 1952 («Boletín Oficial del Estado» del día 13); Decreto 955/1974, de 28 de marzo, por el que se someten a plazo, las autorizaciones de los modelos-tipo de aparatos de pesar y medir, y pon el informe emitido por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, ha resuelto:

Primero.

Auotrizar, por un plazo de validez que caducará el 31 de diciembre de 1988, en favor de la Entidad «Cetil, Sociedad Anónima», el prototipo de surtidor de carburante de gran caudal, doble manguera, marca «Schwelm», tipo «M-160/ R II», cuyo precio máximo de venta será de cuatrocientas mil (400.000) pesetas.

Segundo.

La aprobación temporal del prototipo anterior quedará supeditada al cumplimiento de todas y cada una de las condiciones de carácter general aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de julio de 1950 («Boletín Oficial del Estado» del día 6 de agosto).

Tercero.

Para garantizar el perfecto funcionamiento de este aparato surtidor se procederá a su precintado una vez realizada su verificación, colocando los 19 precintos que se describen y representan en la Memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia.

Cuarto.

Próximo a transcurrir el plazo de validez temporal, la Entidad intensada, si lo desea, solicitará de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia prórroga de la autorización de circulación, la cual será propuesta a la superioridad de acuerdo con los datos, estudios y experiencias llevadas a cabo por la propia Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología o las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.

Quinto.

Los aparatos surtidores correspondientes al prototipo a que se refiere esta disposición llevarán inscritos en sus cartas, o en una placa debidamente precintada o remachada, las siguientes indicaciones:

a) Nombre de la Entidad fabricante, o marca del aparato, y la designación del modelo o tipo del mismo.

b) Especificación de la clase o tipo del carburante que sirve, en caracteres fácilmente legibles desde 10 metros de distancia.

c) Número de orden de fabricación del aparato, que coincidirá con el que figura en la placa de fábrica.

d) Fecha del «Boletín Oficial del Estado» en que se publique la aprobación del prototipo.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 15 de diciembre de 1978.

OTERO NOVAS

Ilmos Sres. Presidente de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia y Director general de Promoción Industrial y Tecnología.

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