Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-4107

Orden de 19 de diciembre de 1978 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso administrativo interpuesto contra este Departamento por «Henry Colomer, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 1979, páginas 3540 a 3540 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-4107

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, con fecha de 8 de febrero de 1977, en el recurso contencioso-administrativo, número 14.489, interpuesto por «Henry Colomer, S. A.», contra este Departamento, sobre liquidación de cuotas y primas al Régimen General de la Seguridad Social.

Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la Sociedad Mercantil "Henry Colomer, S. A.", contra la Resolución de la Dirección General de Previsión de uno de julio de mil novecientos sesenta y nueve confirmatoria en alzada de la dictada en veinticuatro de enero de mil novecientos sesenta y nueve por la Delegación Provincial de Trabajo de Oviedo, por las que se dio eficacia y mantuvieron actas de liquidación de cuotas y primas por accidentes de trabajo al Régimen General de la Seguridad Social (números ochocientos trece y ochocientos catorce de treinta de abril de mil novecientos sesenta y ocho), dimanantes de falta de afiliación al citado Régimen General de seis trabajadores al servicio de dicha Empresa, a que las presentes actuaciones se contraen, debemos anular y anulamos las expresadas resoluciones administrativas y actas de liquidación de que traen causa, por su disconformidad a derecho, con las inherentes consecuencias legales; sin efectuar especial imposición de las costas causadas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos: José María Cordero Torres.–Adolfo Suárez Manteola.–Jerónimo Arozamena Sierra.–José Luis Ruiz Sánchez.–Pablo García Manzano (rubricados).»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V. I.

Madrid 19 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de la Salud, José Javier Viñes Rueda.

Ilmo. Sr. Director general de Prestaciones. 

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid