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Documento BOE-A-1979-4108

Orden de 19 de diciembre de 1978 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por «Asociación General de Empleados y Obreros de los Ferrocarriles de España».

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 1979, páginas 3540 a 3541 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-4108

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme del Tribunal Supremo con fecha 2 de diciembre de 1977, en el recurso contencioso-administrativo, número 19.597, interpuesto por «Asociación General de Empleados y Obreros de los Ferrocarriles de España», contra este Departamento, sobre actividades de la Caja de Capitalización y Ahorro.

Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente dice:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el remado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la "Asociación General de Empleados y Obreros de los Ferrocarriles Españoles” contra la resolución del Ministerio de Trabajo de siete de octubre de mil novecientos setenta, que estimó parcialmente el recurso de alzada que había sido interpuesto por dicha Asociación contra el acuerdo de la Dirección General de la Seguridad Social de tres de marzo de mil novecientos setenta, relativa a la Caja de Ahorros de dicha Asociación, y sin que proceda hacer especial declamación sobre costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Adolfo Suárez. Fernando Vidal.–José L. Ponce de León.–Manuel Gordillo.–José Gabaldón (rubricados).»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 19 de diciembre dé 1978.–P D., el Subsecretario de la Salud, José Javier Viñes Rueda.

Ilmo. Sr. Director general de Prestaciones.

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