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Documento BOE-A-1979-4120

Orden de 19 de diciembre de 1978 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Juan Antonio Pamias Castella.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 1979, páginas 3543 a 3544 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-4120

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaido resolución firme de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, con fecha 18 de marzo de 1978, en el recurso contencioso-administrativo, número 400.967, interpuesto por «Juan Antonio Pamias Castella», contra este Departamento sobre aplicación de tarifa de cotización a los coristas del Teatro Liceo de Barcelona,

Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que debemos desestimar, y desestimamos, las pretensiones deducidas en la demanda formulada por el Procurador don Enrique Sorribes Torra en nombre y representación de don Juan Antonio Pamias Castella, Empresarios del Gran Teatro Liceo de Barcelona, frente a la resolución del Ministerio del Trabajo, de veintidós de abril de mil novecientos setenta y uno excepto la del apartado a) del suplico de su demanda, y, en su virtud declaramos: la nulidad de esta resolución de veintidós de abril de mil novecientos setenta y uno en cuanto consideró incorrectamente no admisible el recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección General de Seguridad Social, de veinticuatro de diciembre de mil novecientos setenta; la conformidad a derecho de esta última Resolución, en cuanto declaró incluibles o asimilables a los del grupo IV, de la disposición adicional 1.ª, 1; a), del Decreto seiscientos treinta y cinco/mil novecientos setenta, de doce de marzo, a los componentes del coro del citado Teatro, sin imposición de costas. Con certificación de esta Resolución, devuélvase el expediente administrativo al Cenro de su procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa" lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Pedro Martin de Hijas.–José L. Ponce de León.–Félix Fernández Tejedor.–Aurelio Botella.–Angel Martín del Burgo (rubricados).»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1958.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 19 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de la Salad, José Javier Viñes Rueda.

Ilmo. Sr. Director general de Prestaciones.

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