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Documento BOE-A-1979-5572

Resolución de la Delegación Provincial de Huesca por la que se autoriza el establecimiento de la línea, a 110 KV., Monzón-Altorricón (tramo Monzón-Binéfar) que se cita y la declaración de utilidad pública en concreto.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 1979, páginas 4808 a 4808 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-5572

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria en Huesca, a petición de «Hidroeléctrica de Cataluña, S. A.», con domicilio en calle Archs, 10, de Barcelona, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de suministro de energía a la zona de Binéfar y Tamarite, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la Industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria en Huesca ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica de Cataluña, S. A.», la instalación eléctrica emplazada en el tramo Monzón-Binéfar, cuyas principales características son las siguientes:

Línea de torres metálicas en celosía de 13.014 metros de longitud, doble circuito a 110 KV., altura media libre de 25 metros, conductor de aluminio-acero de 181,6 milímetros cuadrados, cable de tierra de acero galvanizado T-50, aisladores de vidrio templado tipo 1.507, de «Esperanza, S. A.», montados en cadenas de suspensión y/o amarre sencillas o dobles de siete elementos. Términos municipales a que afecta el trazado de la línea: Monzón y Binéfar.

Finalidad de la instalación: Suministrar energía eléctrica a la zona de Binéfar y Tamarite.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Huesca, 9 de enero de 1979.‒El Delegado provincial, Mario García-Rosales González.‒184-D.

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