Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-5884

Orden de 14 de febrero de 1979 por la que se modifica el artículo 27 de la Reglamentación Nacional de Trabajo para las Empresas de Contratas Ferroviarias de 31 de julio de 1972.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 1979, páginas 5038 a 5038 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1979-5884
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/02/14/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El artículo 30 de la Reglamentación Nacional de Trabajo de las Empresas de Contratas Ferroviarias de 31 de julio de 1972, modificado por la Orden de 28 de abril de 1978, establece: Anualmente, con efectos de 1 de enero para cada año, se procederá a la revisión de los tipos salariales establecidos en el artículo 27, siempre que el crecimiento del índice del coste de vida en el conjunto nacional, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística, sea superior al 3 por 100. Dicha revisión se efectuará por los trámites determinados en la Ley de 16 de octubre de 1942.

Solicitada al amparo de dicho precepto la revisión de los salarios en la referida actividad, la Dirección General de Trabajo, previa reunión con los asesores, representantes de las Empresas y de los trabajadores, por analogía con lo dispuesto en el artículo 9.° de la citada Ley de 16 de octubre de 1942, propone una nueva tabla de salarios consistente en incrementar la vigente, establecida en el artículo 27 de la Reglamentación, modificado por Orden de 28 de abril de 1978, en el porcentaje autorizado por el Real Decreto-ley 49/1978, de 28 de diciembre, sobre Política de Rentas y Empleo.

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas, ha tenido a bien disponer:

1.º Aprobar la modificación elaborada por la Dirección General de Trabajo de los salarios legales vigentes en la Reglamentación Nacional de Trabajo de las Empresas de Contratas Ferroviarias, cuya modificación se contiene en el anexo de la presente.

2.º Autorizar a la Dirección General de Trabajo para dictar cuantas disposiciones fueran precisas para interpretar y aplicar las modificaciones que se establecen en el mencionado anexo.

3.º Publicar, en el «Boletín Oficial del Estado» esta Orden y anexo de la misma, que entrará en vigor a su publicación y con efectos desde 1 de enero de 1979.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 14 de febrero de 1979.

CALVO ORTEGA

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.

ANEXO
Artículos de la Reglamentación Nacional de Trabajo para las Empresas de Contratas Ferroviaria de 31 de julio de 1972 que se modifican por la Orden de 14 de febrero de 1979
Artículo 27.

Tendrá el siguiente texto:

«El personal afectado por esta Reglamentación percibirá por jornada completa los salarios iniciales que a continuación se señalan para cada categoría:

Categorías Sueldos mensuales
Grupo A) Personal administrativo
Inspector Pagador. 31.640
Jefe Administrativo de primera. 30.510
Jefe Administrativo de segunda. 27.685
Jefe de dependencia de más de 50 trabajadores. 27.120
Jefe de dependencia de hasta 50 trabajadores. 23.900
Oficial de primera. 25:990
Oficial de segunda. 23.845
Auxiliar. 21.585
Aspirante de 19 años. 20.680
Aspirante de 18 años. 20.340
Aspirante de 17 años. 16.950
Aspirante de 16 años. 15.255
Grupo B) Mandos medios
Jefe de equipo o grupo. 22.600
Grupo C) Personal obrero
Conductor de primera. 23.730
Conductor de segunda. 22.600
Especialista. 21.470
Peón de carga y descarga. 21.245
Peón de desinfección. 20.680
Peón de limpieza. 20.340
Pinches de 16 a 17 años. 12.430
Pinches de 15 años. 11.300
Grupo D) Personal subalterno
Ordenanza. 21.470
Botones o Recadista (menor de dieciocho años). 13.560
Mujer de limpieza (por hora). 102

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/02/1979
  • Fecha de publicación: 26/02/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 26/02/1979
  • Efectos desde el 1 de enero de 1979.
Referencias anteriores
Materias
  • Empresas
  • Ferrocarriles
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid