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Documento BOE-A-1979-6581

Real Decreto 381/1979, de 2 de febrero, por el que se acepta la donación al Estado por el Cabildo Insular de Gran Canaria (Las Palmas) de un inmueble de 28.940 metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de edificios correspondientes a central eléctrica, centros emisores y receptores, campos de antenas y obras y servicios auxiliares, para una cobertura V/UHF eficaz y completa del FIC Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 1979, páginas 5522 a 5523 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-6581

TEXTO ORIGINAL

Por el Cabildo Insular de Gran Canaria (Las Palmas). ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de veintiocho mil novecientos cuarenta metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de edificios correspondientes a Central Eléctrica, Centros Emisores y Receptores, Campos de Antenas y obras y servicios auxiliares para una cobertura VUHF eficaz y completa del FIC Canarias.

Por el Ministerio de Defensa se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dos de febrero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el Cabildo Insular de Gran Canaria (Las Palmas) de una parcela de veintiocho mil novecientos cuarenta metros cuadrados, sita en el Pico de la Gorra; de los términos municipales de San Mateo y San Martín de Tirajana, y que lindará: Al Norte y línea recta de ciento metros, con la «Gorra»; en línea quebrada de doscientos treinta y dos metros, con la propiedad insular denominada «Alto de la Gorra» y. «La Abejerilla», y en ochenta y un metros, con terrenos del Ayuntamiento de Las Palmas; al Sur, en línea ondulada de ciento cuarenta y nueve metros, con camino que atraviesa la propiedad insular denominada «Cortijo de la Retamilla», y en una línea ondulada de ciento setenta metros, con la prolongación de dicho camino en el «Cortijo de Tirajana»; al Naciente, en una línea recta de veintitrés metros, con terrenos del Ayuntamiento de Las Palmas, y en una línea recta de veintitrés metros, con camino de acceso a la antena de TVE, y al Poniente, en una línea recta de dieciocho metros, con parcela de la Compañía Telefónica Nacional de España; en ciento dos metros, con terrenos del Ministerio del Aire, y en treinta y siete metros, con «Cortijo de la Retamilla».

La citada finca se formará por la agrupación de cuatro porciones de terreno de cuatro mil quinientos treinta metros cuadrados, doce mil ciento treinta metros cuadrados, seis mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados, cinco mil ochocientos cuarenta metros cuadrados, las cuales se segregarán, respectivamente, de las fincas denominadas «La Gorra», «Alto de la Gorra» y «Abejerilla», «Cortijo de la Retamilla», «Cortijo de Tirajana». y se destinará a los fines anteriormente descritos.

Artículo 2.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al de Defensa para los servicios de Central Eléctrica, Centros Emisores y Receptores, Campos de Antenas y obras y servicios auxiliares, para una cobertura V/UHF eficaz y completa del FIC Canarias, dependientes de este último Departamento. La finalidad de la donación habrá de cumplirse de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación de Régimen Local.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a dos de febrero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

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