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Documento BOE-A-1979-6816

Orden de 13 de diciembre de 1978 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en recurso contencioso-administrativo seguido entre don Federico Miraz Fernández y la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 1979, páginas 5639 a 5639 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-6816

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 20.088, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, entre don Federico Miraz Fernández, como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra la resolución de 27 de octubre de 1976, ha recaído sentencia, en 24 de octubre de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Francisco Guinea Gauna, en nombre y representación de don Federico Miraz Fernández, Director del "Diario de Córdoba" contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Información y Turismo, de 19 de mayo de 1976, y la del mismo Organismo de 30 de octubre siguiente, confirmatoria de la anterior, en las que se impone al recurrente una multa de 200.000 pesetas por infracción del Estatuto de Publicidad, debemos anular y anulamos dichos actos administrativos por ser contrarios al ordenamiento jurídico, y en su lugar declaramos que el repetido don Federico Miraz Fernández ha incidido en una infracción administrativa de la Ley de Prensa e Imprenta de su artículo 68 de carácter leve, y le condenamos a una multa de 15.000 pesetas, y sin hacer expresa declaración en cuanto a las costas.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 105, apartado a), de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el fallo en, el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 13 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Cultura, Castedo Alvarez,

Ilmo. Sr. Subsecretario de Cultura.

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