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Documento BOE-A-1979-6819

Orden de 28 de enero de 1979 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Madrid en recurso contencioso-administrativo seguido entre doña Juliana Concepción Moreno San Martín y otros y la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 1979, páginas 5640 a 5640 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-6819

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 1118/1976, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, entre doña Juliana Concepción Moreno San Martín y otros, como demandantes, y la Administración General del Estado, como demandada, sobre computo de servicios que prestaron en el Organismo autónomo «Instituto Nacional de Publicidad», con anterioridad a su nombramiento como funcionarios de carrera del citado Organismo, ha recaído sentencia en 11 de diciembre de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Francisco de Guinea y Gauna, en nombre y representación de doña Juliana Concepción Moreno San Martín y los demás que se relacionan en el encabezamiento de esta resolución; contra el acuerdo de la Subsecretaría de Información y Turismo de trece de febrero de mil novecientos setenta y seis, y el de nueve de julio del mismo año que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra aquél, referentes al cómputo, a efectos de trienios, del tiempo de servicios prestados en el Instituto Nacional de Publicidad, con carácter interino o contratado, debemos declarar y declaramos ajustados a derecho dichos actos, absolviendo a la Administración demandada de las pretensiones contra ella deducidas en este proceso; sin hacer especial declaración sobre las costas causadas.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 105, apartado a), de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. 1. muchos años.

Madrid. 28 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario de Cultura, Femando Castedo Alvarez.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Cultua.

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