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Documento BOE-A-1979-7136

Orden de 20 de febrero de 1979 por la que se convoca la presentación de solicitudes de Planes concertados de investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 1979, páginas 6060 a 6061 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-7136

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: Regulados los Planes Concertados de Investigación por Decreto 1410/1968, de 6 de junio, la Orden de esta Presidencia del Gobierno de 27 de julio del mismo año reglamentó la presentación de solicitudes para desarrollarlos y estableció la periodicidad anual de las convocatorias.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno tiene a bien convocar la presentación de solicitudes para desarrollar Planes Concertados de Investigación, según el régimen previsto en el Decreto 1410/1968, de 6 de junio, con arreglo a las siguientes normas:

Primera. Ámbito de aplicación.

A la presente convocatoria podrán concurrir todos los proyectos de investigación que las Entidades privadas, Empresas, Grupos de Empresas o Agrupaciones Sindicales de Empresarios deseen desarrollar bajo el régimen de Plan Concertado de Investigación.

Segunda. Plazo.

El plazo hábil para la presentación de los proyectos será el comprendido entre el día de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado» y el 30 de abril de 1979.

Tercera. Forma.

Los proyectos, acompañados de una solicitud dirigida al excelentísimo señor Presidente da la Comisión Asesora de Investigación Científica y Técnica, se presentarán en Memoria, que enunciará de forma descriptiva las acciones y operaciones a realizar en el proyecto en forma ordenada y sistemática, distribuida en los tiempos previstos, necesarios para la consecución del objetivo del mismo. Su presentación se hará conforme al esquema que figura como anexo a la presente Orden y en ejemplar cuadruplicado.

Cuarta. Presentación.

Los proyectos se presentarán en la Secretaría de la Comisión Asesora de Investigación Científica y Técnica (Serrano, número 150, 2.a planta, Madrid-6) directamente o en alguna de las formas previstas en el artículo 60 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Quinta. Prioridades.

En su caso, se tendrán en cuenta los criterios prioritarios que puedan ser establecidos por el Gobierno o por su Comisión Delegada de Política Científica.

Sexta. Tramitación.

Todos los proyectos serán estudiados e informados por la Comisión Asesora de Investigación Científica y Técnica para, en su caso, ser aprobados por la Comisión Delegada del Gobierno de Política Científica, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.° del Decreto 1410/1968, de 6 de junio. En relación con los aprobados se procederá, previos los trámites reglamentarios a la firma de los correspondientes contratos, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4.° del expresado Decreto.

Lo que comunico a V. E.

Dios guarde a V. E.

Madrid, 20 de febrero de 1979.

OTERO NOVAS

Excmo. Sr. Presidente de la Comisión Asesora de Investigación Científica y Técnica.

ANEXO
Esquema para la redacción de la Memoria de los proyectos (formato de presentación UNE A-4)

0. Índice.

1. Entidad solicitante.

1.1. Nombre o denominación, naturaleza jurídica y domicilio.

1.2. Nombre, puesto, dirección y teléfono en la Entidad de su representante para cuantas cuestiones se susciten en relación con la solicitud hasta su aprobación.

1.3. Capital social, con especificación, en su caso, de las Entidades o Empresas nacionales o extranjeras que en él participan y cuantía de la participación. (Si la titularidad de la Empresa corresponde a una persona física, valoración de los bienes afectos a la actividad empresarial.)

1.4. Número de empleados.

1.5. Breve historia de la Entidad y sus actividades. (Incluir como anexo Memoria y balance de los dos últimos años o, en su defecto, un breve resumen de la situación financiera de la Empresa.)

1.6. Actividades de investigación realizadas. (Descripción de los resultados innovadores alcanzados de forma cronológica).

1.7. Estructuras con que cuenta la Entidad para la actividad de investigación. (Enumeración de las estructuras disponibles en la Empresa, señalando las que son propiamente de investigación de las de producción que parcialmente colaboren en actividades de investigación. En caso de ser unidades de investigación de fuera de la Empresa, describirlas de forma esquemática).

1.8. En su caso, contratos inscritos, o en trámite de inscripción, en el Registro de Contratos de Transferencia de Tecnología de la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnológica del Ministerio de Industria.

1.9. Relación, en su caso, de patentes desarrolladas por la Empresa, indicando las que están en explotación y las cedidas a terceros.

2. Descripción del proyecto.

2.1. Denominación (muy breve, pero descriptiva) del objeto de las investigaciones.

2.2. Lugar donde se desarrollaría el proyecto.

2.3. Plazo de ejecución (en años y/o, en su caso, meses, plazo máximo de cinco años, con comienzo aproximadamente dentro del primer trimestre de 1980).

2.4. Exposición científico-técnica detallada del proyecto, con indicación de su desarrollo cronológico previsible.

2.5. Objetivos finales perseguidos y sus consecuencias económicas o industriales.

2.6. Mercado potencial de los objetivos a nivel nacional e internacional (a corto y medio plazo).

2.7. Efecto de los objetivos en cuanto a sustitución de tecnologías extranjeras.

2.8. Riesgo de fracaso.

3. Presupuesto del proyecto.

3.1. Presupuesto total.

3.2. Distribución por anualidades (en caso de meses que excedan de una anualidad sin completar otra, dichos meses constituirán, a estos efectos, la última anualidad).

3.3. Desglose, por conceptos (personal, instalaciones y equipos, material fungible otros gastos. Detállese para cada concepto únicamente su cuantía total, el tanto por ciento que representa en relación con el presupuesto y su distribución por anualidades).

4. Justificación del presupuesto.

4.1. Personal (detállese para el responsable Científico Técnico del proyecto su nombre, titulación, breve historial científico técnico, puesto en la Empresa, porcentaje de dedicación al proyecto y retribución; para el resto del personal que intervendrá en el mismo, su titulación o categoría, función que desempeñará, porcentaje de dedicación y retribución).

4.2. Instalaciones y equipos (detallándose, en lo posible, con precio individualizado y razónese la necesidad de su utilización en el proyecto, relacionando, por separado, el material que se usará solamente en la investigación propuesta y el tanto por ciento que se usará en esta investigación del material que sea adecuado también a producción; igualmente deben relacionarse las instalaciones, obras, etc.).

4.3. Material fungible (justifíquese la cantidad presupuestada para este fin).

4.4. Otros gastos (especifíquense y razónese su necesidad). En el caso de estar prevista la colaboración en el proyecto de algún Centro oficial de investigación, la cantidad asignada al pago de esta colaboración se habrá incluido en el concepto de «Otros gastos» del apartado 3.3. En tal supuesto, señálese aquí su importe, descríbase el posible convenio y acompáñese informe del Centro, así como el del Organismo con personalidad jurídica del que dependa.

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