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Documento BOE-A-1979-7762

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 1979, páginas 6606 a 6606 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-7762

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio de Castellón, a instancia de «Hidroeléctrica Española, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Hermosilla, número 3, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica, y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Española, S. A.» el establecimiento de una línea eléctrica aérea a 132 KV. de tensión, simple circuito trifásico, conductor de aluminio-acero de 298'1 milímetros cuadrados de sección cada uno; aislamiento por medio de cadenas de 10 aisladores de vidrio templado; apoyos metálicos preparados para doble circuito, tipo 651. Su longitud total será de 71.578 metros, con origen en la «E. T. La Plana», término municipal de Castellón, y final en la «E. T. Benicarló», término municipal de Benicarló. Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico, se instalarán dos cables de tierra de acero galvanizado de 50 m/m2 de sección cada uno.

La finaliad de esta instalación es mejorar el servicio y atender los continuos incrementos de la demanda de energía eléctrica en la zona de Benicarló.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse, la indicada aprobación, en un plazo de dieciocho meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización, a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775 de 22 de julio de 1967.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 22 de febrero de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía de Castellón de la Plana.

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