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Documento BOE-A-1979-7763

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 1979, páginas 6606 a 6606 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-7763

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación provincial de este Ministerio en Córdoba, a instancia de «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.», con domicilio en Sevilla, avenida de la Borbolla, 5, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica, y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.», el establecimiento de una línea eléctrica a 132 KV., doble circuito conductor de aluminio-acero de 281,1 milímetros cuadrados de sección cada uno, aislamiento mediante cadenas de aisladores de vidrio templado, apoyos metálicos galvanizados. Su longitud es de 31.800 metros que afectan en su totaolidad a la provincia de Córdoba, con origen en los apoyos números 387 y 388 de la línea, «Sevilla-Córdoba», término municipal de Córdoba, y final en la «central térmica Puente Nuevo», término municipal de Espiel. Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico, se instalará un cable de tierra de acero de 49,4 milímetros cuadrados de sección.

La finalidad de esta instalación es enlazar la citada «C. T. Puente-Nuevo» a la línea «Sevilla-Córdoba».

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse, la indicada aprobación, en el plazo máximo de dieciocho meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 22 de febrero de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Córdoba.

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