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Documento BOE-A-1979-7766

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 1979, páginas 6607 a 6607 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-7766

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Burgos, a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», con domicilio en Bilbao, calle de Gardoqui número 8, solicitando autorización para el seccionamiento de una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorizaciones de instalaciones eléctricas y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y Ley de 24 de noviembre de 1939.

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», el seccionamiento de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 KV. «Puentelarrá-Mallén», tramo «Puentelarrá-Logroño», autorizada por esta Dirección General con fecha 28 de enero de 1971.

Este seccionamiento permitirá la entrada y salida a la futura «S. T. Miranda» por medio de una línea eléctrica interprovincial, doble circuito trifásico, conductor de aluminio-acero de 455’1 milímetros, cuadrados, aisladores de vidrio en cadenas, apoyos torres metálicas tipos 223 KE y 22 EK. Tendrá su origen en el apoyo número 38-bis del citado tramo «Puentelarrá-Logroño», en la provincia de Álava, y final en la «S. T. Miranda». Su longitud total será de 1.128 metros, de los cuales 123 metros afectan a Álava y 1.005 a la provincia de Burgos.

Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico se instalarán dos cables de tierra de acero de 53 milímetros cuadrados de sección cada uno.

La finalidad de esta instalación es alimentar a la citada «S. T. Miranda», cuyo objeto es mejorar y ampliar el suministro de energía eléctrica en la zona de Miranda de Ebro.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de 5 meses.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórroga se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 22 de febrero de 1979.−El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sres. Delegados provinciales del Ministerio de Industria y Energía en Burgos y Álava.

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