Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-8594

Orden de 16 de febrero de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 401.064.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 1979, páginas 7404 a 7404 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-8594

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 401.064, interpuesto por don Manuel Pérez Vizcaíno contra resolución de 20 de abril de 1971, se ha dictado sentencia con fecha 24 de abril de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que estimando como estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Rafael Delgado Delgado, que actúa en nombre y representación de don Manuel Pérez Vizcaíno y Pérez Stella, que a su vez lo hace en defensa de los intereses de la Compañía en disolución "Constructora Inmobiliaria Canillejas, S. A.", contra la resolución del excelentísimo señor Ministro de la Vivienda de veinte de abril de mil novecientos setenta y uno, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por el hoy recurrente contra la resolución del Director general del Instituto Nacional de la Vivienda de nueve de mayo de mil novecientos setenta, que aprueba presupuesto actualizado de obras por un importe de novecientas setenta y cuatro mil seiscientas setenta y ocho pesetas, debemos declarar y declaramos la disconformidad jurídica de los mencionados actos, que anulamos, con las salvedades puestas de manifiesto en el quinto considerando de esta sentencia y sin pronunciarnos sobre las cuestiones no examinadas que en él se mencionan; no se hace especial declaración de condena respecto de las costas y tasas judiciales causadas en este recurso.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 16 de febrero de 1979.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro J. López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director general de Arquitectura y Vivienda.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid