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Documento BOE-A-1979-8968

Real Decreto 656/1979, de 9 de marzo, por el que se acepta la donación al Estado, por el Ayuntamiento de Toro (Zamora), de un inmueble de 3.644 metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de una guardería infantil.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 1979, páginas 7778 a 7778 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-8968

TEXTO ORIGINAL

Por el Ayuntamiento de Toro (Zamora) ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de tres mil seiscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de una guardería infantil.

Por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de marzo de mil novecientos setente y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Toro (Zamora), de un inmueble sito en el mismo término municipal, de tres mil seiscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados, que linda: Por el frente, o Norte, paseo del Canto; Sur y Este, con Trinidad Vara Salvador; al Oeste, con Petra García y Vicente Guerra Pérez.

El inmueble donado se destinará a la construcción de una guardería infantil.

Artículo 2.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al de Sanidad y Seguridad Social para los servicios de guardería infantil dependientes de este último Departamento. La finalidad de la donación habrá de cumplirse, de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación de Régimen Local.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

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