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La experiencia acumulada desde la transformación en Agencia Consular del Consulado General de España en Bremen, mediante Orden de 25 de agosto de 1993, fecha en que pasó a depender del Consulado General de España en Hamburgo, lleva a considerar la necesidad de suprimir dicha Agencia Consular.
En efecto, la dificultad práctica de concretar una serie de competencias, la excesiva intensificación de las comunicaciones telefónicas y por escrito entre la Agencia y el Consulado General del que ha pasado a depender, el elevado coste de las instalaciones, suministros y comunicaciones, la promimidad geográfica entre Bremen y Hamburgo, son razones todas ellas que abogan por la supresión de la mencionada Agencia.
La supresión de otros servicios consulares en Europa por el notable descenso de la colonia española, el importante avance de la cooperación consular y jurídica europea y la informatización en la expedición de documentos, promueve sin duda la necesidad de una constante reestructuración de nuestras oficinas consulares en Europa.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, en relación con el artículo 1.1.a) del Convenio de Viena de 24 de abril de 1963 sobre relaciones, privilegios e inmunidades consulares, y previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:
Se suprime la Agencia Consular de España en Bremen, cuya demarcación consular quedará integrada en el Consulado General de España en Hamburgo.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 17 de noviembre de 1994.
SOLANA MADARIAGA
Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y Embajador de España en la República Federal de Alemania.
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