En el recurso contencioso-administrativo número 863-93, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Nestlé Deutschland A.G.», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de octubre de 1991, se ha dictado, con fecha 1 de diciembre de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos el recurso deducido por la representación procesal de "Nestlé Deutschland A.G.", contra los actos a que el mismo se contrae, actos que anulamos declarando su derecho a la inscripción registral de la marca que dichos actos deniegan; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V.S.
Madrid, 31 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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