En el recurso contencioso-administrativo número 1.106/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «The Real Confectionery Company Limited», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1991 y 16 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 13 de diciembre de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad he Real Confectionery Company Limited'', contra la resolución de fecha 5 de marzo de 1991 del Registro de la Propiedad Industrial que denegó la marca número 1.312.012 itafruit'', y contra la de 16 de junio de 1992 que desestimó el recurso de reposición formulado frente a aquélla, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las citadas resoluciones; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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