Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-A-1995-11161

Resolución de 24 de febrero de 1995, de la Dirección General de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía, por la que se homologa lámina bituminosa de oxiasfalto, fabricada por TEXSA, en San Andrés de la Barca (Barcelona), con número de contra-seña DBI-8010.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 1995, páginas 13482 a 13483 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-11161

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por TEXSA, con domicilio social en polígono industrial «Can Pelegrí», municipio de San Andrés de la Barca, provincia de Barcelona, para la homologación de lámina bituminosa de oxiasfalto, fabricada por TEXSA, en su instalación industrial ubicada en San Andrés de la Barca;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación solicita, y que mediante certificado número 032/276 de concesión del derecho de uso de la marca AENOR ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de fecha 12 de marzo de 1986, por el que se declara de obligado cumplimiento, la homologación de productos de lámina bituminosa de oxiasfalto;

De acuerdo con lo establecido en la referida disposición y con la Orden del Departamento de Industria y Energía de 5 de marzo de 1986 de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de homologación DBI-8010, con fecha de caducidad el día 24 de febrero de 1997 y disponer como fecha límite el día 24 de febrero de 1997 para que el titular de esta Resolución presente declaración en la que se haga constar que en la fabricación de dichos productos los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la homologación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo homologado, las que se indican a continuación:

Características comunes a todas las marcas y modelos

Características:

Primera. Descripción: Base.

Segunda. Descripción: Armadura.

Tercera. Descripción: Terminación.

Valor de las características para cada marca y modelo

Marca y modelo: «Plasfal», 2Kg FV.

Características:

Primera: Lámina bituminosa de oxiasfalto LO.

Segunda: Fieltro de fibra de vidrio FV50.

Tercera: Plástico-plástico.

Las características de los productos indican:

Base: El material impermeabilizante empleado.

Armadura: El soporte sobre el que se aplica la base.

Terminación: El material de protección o antiadherente que cubre la base.

Esta homologación se efectúa en relación con la disposición que se cita, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta homologación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudiera derivarse.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 24 de febrero de 1995.-El Director general, Albert Sabala Durán.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid