En el recurso contencioso-administrativo número 1.688/1992, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, con sede en Valladolid, interpuesto por don Julio García Villalón, contra la Administración del Estado sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 25 de noviembre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimamos el presente recurso contencioso-administrativo y anulando por su disconformidad con el ordenamiento jurídico la Resolución de 24 de junio de 1992, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, que desestimó el recurso de alzada interpuesto ante ella, contra la dictada por la Comisión Nacional Evaluadora de 23 de noviembre del mismo año, por la que otorgaba valoración negativa para los tramos 1.º y 2.º de los solicitados, y ordenamos la retroacción del procedimiento en que aquellos actos se produjeron al momento previo a la emisión de la evaluación por parte de la Comisión Nacional Evaluadora, a fin de que se proceda a realizar un informe razonado sobre la labor investigadora del recurrente; y ello sin hacer expresa imposición de las costas del mismo.»
Dispuesto por Orden de 22 de marzo de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 18 de abril de 1995.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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