En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Enrique Lillo Pérez, en nombre y representación de don Emilio Hernández Segura, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 4 de noviembre de 1994 cuya parte dispostivia dice:
«Fallamos: estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Emilio Hernández Segura, contra la Resolución a que el mismo se contrae, que anulamos por no ser ajustada a Derecho; reconociendo el derecho del actor a ser indemnizado por parte del Estado en la cantidad de un 1.083.710 pesetas, que han de ser abonadas en concepto de indemnización por el funcionamiento de la Administración de Justicia a que se ha hecho referencia; desestimando su petición de abono de intereses por importe de 29.072 pesetas; sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otra acción jurisdiccional respecto al último punto.
Sin expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 8 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1991), el Subsecretario, Luis Herrero Juan.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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